Despedido tras publicar en Strava rutas de MTB estando de baja
El caso vuelve a poner sobre la mesa la delgada línea que separa la actividad deportiva compatible con una baja médica de aquella que puede tener consecuencias laborales. Un trabajador asturiano ha visto confirmado su despido disciplinario después de que los tribunales consideraran probado que realizaba exigentes rutas de ciclismo de montaña mientras estaba de baja por una lesión en el hombro.
El uso de Strava durante una baja médica acaba en despido disciplinario avalado por la Justicia
Si en 2018 ya conocimos un caso parecido, esta vez ha sucedido en España. Tal y como relata la Voz de Asturias, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha ratificado la decisión de una empresa de climatización con sede en Oviedo de cesar a uno de sus empleados tras comprobar que, durante su incapacidad temporal, publicaba en internet recorridos de MTB de alta exigencia física. La sentencia confirma íntegramente el fallo previo del Juzgado de lo Social nº1 de Oviedo y considera procedente el despido por “transgresión de la buena fe contractual”.
Los hechos se remontan al 4 de noviembre de 2024, cuando el trabajador sufrió un accidente laboral mientras ayudaba a desmontar una caldera. La mutua le diagnosticó un esguince de hombro con subluxación, recomendó inmovilización con cabestrillo durante una semana y concedió una baja inicialmente prevista para unos veinte días.

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Sin embargo, apenas dos días después de iniciarse la incapacidad temporal, el empleado comenzó a realizar salidas en bicicleta de montaña. Entre el 6 y el 23 de noviembre completó al menos siete rutas de entre 35 y 75 kilómetros, con desniveles superiores en algunos casos a los 1.300 metros y duraciones que superaban ampliamente las tres horas. Todas esas actividades quedaron registradas en su perfil público de Strava.
Además, el 26 de noviembre, tras una nueva salida en bicicleta, el trabajador acudió al hospital por palpitaciones y dolor torácico, permaneciendo ingresado hasta el día 29. Aunque se descartó una cardiopatía grave, el episodio quedó recogido en la sentencia como consecuencia de una de las rutas más exigentes. Tras recibir el alta hospitalaria, volvió a subirse a la bicicleta los días 30 de noviembre y 1 de diciembre, con nuevas salidas de más de dos horas también publicadas en Strava.
Pocos días después, el 4 de diciembre, recibió el alta médica por la lesión de hombro al apreciarse mejoría suficiente para reincorporarse a su puesto habitual.
La empresa abrió expediente disciplinario al considerar que las actividades deportivas realizadas demostraban aptitud para trabajar y eran incompatibles con la recuperación de la lesión. El trabajador, por su parte, negó haber simulado dolencias, alegó que la mutua no le prohibió expresamente montar en bicicleta y sostuvo que el despido estaba relacionado con su condición de representante de los trabajadores.
Los tribunales rechazaron estos argumentos. La Sala de lo Social recuerda que no toda actividad durante una baja es sancionable, pero sí aquella que interfiere con la curación o contradice las pautas médicas. En este caso, el ciclismo de montaña practicado se consideró incompatible con una lesión de hombro para la que se había indicado inmovilización, llegando incluso a constatarse un empeoramiento inicial del cuadro clínico.
La sentencia indica que realizar actividades contraindicadas durante una baja médica, aunque no constituyan trabajo, supone una vulneración de la buena fe contractual y justifica el despido disciplinario.